La decisión de la Corte deja sin efecto la orden de alejamiento dictada en marzo pasado, conforme a lo establecido en la sentencia que acogió el recurso presentado por la defensa.
|
Getting your Trinity Audio player ready...
|
SAN PEDRO DE MACORÍS.- La Cámara Penal de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de San Pedro de Macorís revocó en su totalidad la orden de alejamiento que había sido impuesta contra el productor de contenido automotriz Jefte Rafael Ventura Jiménez, a raíz de un proceso promovido por Petromovil, S.A. y el señor Crisyael Montilla Martínez.
La medida había sido dictada el 25 de marzo de 2026 por la magistrada Mary C. Castillo Germán, jueza del Segundo Juzgado de la Instrucción del Distrito Judicial de La Altagracia, mediante la resolución penal número 1482-2026-SMC-00003, correspondiente al expediente 2026-0050335.
La disposición establecía que Ventura Jiménez debía mantenerse a una distancia mínima de mil metros de Petromovil, S.A. y del querellante.
La defensa del imputado recurrió la decisión y planteó ante la Corte de Apelación que la medida no había sido solicitada ni por el Ministerio Público ni por Petromovil, además de alegar que su imposición contravenía disposiciones del Código Procesal Penal relativas a los límites de las medidas de coerción.
El recurso fue presentado el 20 de abril de 2026 por los abogados Yan Carlos Martínez Segura y Félix Humberto Portes Núñez.
Tras conocer los argumentos de las partes, la Cámara Penal de la Corte de Apelación acogió los planteamientos de la defensa y dejó sin efecto la orden de alejamiento, señalando, según lo expuesto por los abogados, una violación al debido proceso y al artículo 232, párrafo III, del Código Procesal Penal.
Durante el proceso también fue presentado un informe técnico sobre la distancia entre la residencia de Ventura Jiménez y una estación de Petromovil. El documento estableció una separación de 697.70 metros mediante cartografía y de 733.07 metros mediante medición en campo, cifras inferiores a los mil metros establecidos en la medida original.
Defensa: continuará divulgación de informes sobre combustibles
Ventura Jiménez, productor del espacio Hablando de Vehículos, ha realizado publicaciones relacionadas con la calidad de combustibles comercializados en estaciones de distintas marcas.
En ese contexto, la defensa también ha hecho referencia a la sentencia número 0030-1642-2024-SSEN-00277, emitida el 8 de mayo de 2024 por la Cuarta Sala del Tribunal Superior Administrativo, mediante la cual se ordenó al Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes entregar un informe relacionado con inspecciones realizadas a 965 estaciones de expendio de combustibles entre diciembre de 2022 y agosto de 2023.
Los abogados de Ventura Jiménez han sostenido que los resultados contenidos en dicho informe evidenciaban incumplimientos en una parte de las estaciones inspeccionadas.
Tras conocerse la decisión de la Corte de Apelación, el abogado Yan Carlos Martínez Segura afirmó que la orden de alejamiento había sido impuesta sin haber sido solicitada y que su alcance impedía a Ventura Jiménez permanecer en su propia residencia.
“La Corte de San Pedro de Macorís acogió nuestro planteamiento y lo revocó. Continúa también la divulgación de los informes oficiales, en interés del consumidor”, expresó Martínez Segura.
La decisión de la Corte deja sin efecto la orden de alejamiento dictada en marzo pasado, conforme a lo establecido en la sentencia que acogió el recurso presentado por la defensa.

















Leave a Comment
Your email address will not be published. Required fields are marked with *