Foto: Fuente Externa
El Juzgado de Atención Permanente del Distrito Judicial de La Altagracia, reenvió para el martes 3 de septiembre la audiencia donde se conocería la medida de coerción en contra de los implicados en una red de explotación sexual desmantelada en el distrito municipal Verón, Punta Cana.
La audiencia que se tenía pautada para este viernes 30 en contra de los cuatro imputados, se aplazó a los fines de que tres de las 20 víctimas sean entrevistadas en Cámara Gesell.
Los imputados por el caso son Domingo Lorenzo Santana (alias Wellington), supuesto cabecilla de la organización; Reyna Julissa Solano Monción, presunta administradora del lugar; Richard de La Cruz Camacho (alias Danny, el Pa y/o Paz), de nacionalidad dominicana y el extranjero haitiano Berlin Erisme (alias Obama).
El abogado Andy De León, representante de dos de los imputados cuestionó la acusación impuesta por el MP a sus clientes, ya entiende que el caso se le denomina , según la ley, de trata de migrantes, y además consideró que el expediente del órgano persecutor está abultado y vacío.
El experto en leyes negó que dentro de las víctimas hayan menores de edad.
El caso
Ayer jueves la red de explotación sexual fue desmantelada por las autoridades en Verón, donde 20 mujeres de nacionalidades venezolana, haitiana, dominicana y colombiana fueron rescatadas, según informe de la Procuraduría General de la República.
Los miembros de la red cobraban por cada servicio sexual sumas que oscilaban entre los 200, 300 y 600 dólares americanos.
Durante las pesquisas las autoridades obtuvieron diferentes evidencias, como documentos, recibos, pagos de salidas, pagos de servicios sexuales VIP, dinero en efectivo (pesos dominicanos y dólares americanos) y otras relacionadas con el hecho.
El Ministerio Público sustentó la solicitud de imposición de prisión preventiva con cerca de 300 pruebas y otorgó al presente hecho la calificación jurídica de violación a los artículos letras A, I, artículo 3, 6, 7, letra E, de la Ley 137-03, que sancionan la trata de personas, en la modalidad de explotación sexual, y proxenetismo, contenido en los artículos 334 y 334-1 del Código Penal Dominicano, así como lavado de activos en violación a la Ley 155-17.
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